Señor director:
Hace unos días la ministra del Trabajo y Previsión Social manifestó su disponibilidad a impulsar y gestionar ante la Secretaría General de la Presidencia un proyecto de “ley corta” que modificara la Ley de Acuerdo de Unión Civil (AUC), a fin de incluir los beneficios previsionales que, pese a reconocerse entre cónyuges, no se extienden a convivientes civiles.
Ello, entendemos, permitiría a convivientes civiles ser causantes de asignación familiar y obtener los beneficios de pensiones por supervivencia de la Ley N° 16.744, como también los de pensiones por sobrevivencia del IPS, Dipreca y Capradena.
Celebramos la iniciativa y también la disposición del Ejecutivo a impulsarla; no obstante, nos parece insuficiente en cuanto que no aborda las deficiencias manifiestas del AUC en materia familiar, no incluyendo el derecho de alimentos entre convivientes civiles, como tampoco los deberes de protección y respeto recíproco.
Más importante, esta modificación descartaría nuevamente reconocer y proteger la filiación de los hijos e hijas de las familias lesbomaternales u homoparentales unidas por un Acuerdo de Unión Civil, cuestión que ha sido intensamente denunciada por las madres lesbianas.
Por segunda vez se estaría privando de reconocimiento y protección legal a la doble maternidad producida por técnicas de reproducción humana asistida, como también a las producida por la crianza conjunta y que, en el marco del AUC, deberían permitir a una conviviente civil adoptar al hijo o hija de la otra.
Bárbara Orellana Baltra
Abogada y asesora legislativa
Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio
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