Fue aprobado por el Parlamento el proyecto que crea el Acuerdo de Unión Civil (ex AVP, ex PUC). Solo quedan algunos trámites para su promulgación final y que sea firmado por el gobierno. Acá te dejamos algunos tips para que te informes de lo primordial del cuerpo legal (resumen realizado por el abogado del Movimiento de la Diversidad Sexual, Elias Jímenez)
1.- Crea nuevo estado civil con parentesco, contrayentes tendrán estado civil de «Convivientes Civiles»
2.- Se celebra ante un oficial del Registro Civil, quién debe levantar un acta de la ceremonia.
3.- crea régimen patrimonial de comunidad de bienes o separación de bienes a elección de contrayentes
4.- Tribunales competentes para conocer de hechos derivados de la unión son los tribunales de familia
5.- La unión puede terminar de mutuo acuerdo o unilateralmente.
6.- En caso de fallecimiento conviviente sobreviviente posee derechos hereditarios.
7.- Conviviente civil puede ser carga en FONASA para acceso a la salud.
8.- Convivientes civiles pueden postular a beneficios de vivienda social del MINVU
9.- Conviviente puede optar al cuidado personal del menor cuando padre\madre biológico esté impedido
10.- En caso de término de la unión civil convivientes pueden pedir indemnización económica.
11.- Uniones civiles y matrimonios de personas del mismo sexo en el extranjero serán reconocidos en Chile como UC
12. En caso de fallecimiento de madre biológica-hijxs, se incluye a conviviente junto a tios, abuelos, hermanos. Es decir, el juez es quien debe dirimir entre todos ellos. Conviviente no tiene prioridad (esta nota es nuestra)
13.- Nota nuestra: indicación de filiación e hijxs nacidos por inseminación artficial, fueron retiradas por cámara de diputados y rechazadas en primer trámite por senadores, argumentando que se debe debatir en «otros proyectos»
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